La Corte Provincial de Sevilla escuchó que la madre, conocida como EST y originaria de Arboleas, Almería, tomó fotos de su hija menor, ahora de 15 años, con faldas cortas, tacones, maquillaje, trajes de baño y completamente desnuda. Poses provocativas con el fin de cargar las instantáneas indecentes a un portal de citas, accesible solo por pago.
Un hombre de 52 años, conocido como J.L.O.R, fue absuelto del delito de corrupción de un menor por el tribunal, después de ser acusado de comprar los materiales fotográficos de la joven.
El tribunal también escuchó que la joven estuvo expuesta a las videoconferencias en 2014 y 2015 durante las cuales interactuó con los clientes y ocasionalmente se desvistió.
En 2015, el comprador absuelto, J.L.O.R, se reunió cara a cara con la joven para entregar una suma de entre “cien y mil euros”.
El absuelto supuestamente declaró que estaba enamorado de la joven y le propuso que regresara con él a Madrid.
El tribunal juzgó que no había “ninguna duda” de que la madre acusada había cometido el delito de abandono, descuidando sus deberes parentales con el niño, declarando el caso como una “situación real de abandono, ignorándolos, sin tratar de tenerlos en ella”. compañía y haciendo un abandono absoluto de sus funciones como madre, dejándolas en manos de terceros que no tenían conexión con las niñas y que conocían desde hace poco tiempo “.
La defensa ha alegado desde entonces que apelará la sentencia contra la madre, citando que el tribunal no tuvo en cuenta la “dolorosa situación de indigencia económica de la madre”.